martes, 4 de marzo de 2014

Convocatoria a Nuevos Miembros de la SNpB


CONVOCATORIA A NUEVOS MIEMBROS

En cumplimiento al Artículo Quinto y Articulo Sexto de los Estatutos y Reglamento Interno de la SNpB, se da curso a la convocatoria de nuevos afiliados de acurdo a lo que reza el mencionado articulado:

ARTICULO QUINTO: (AFILIACIÓN DE LOS ASOCIADOS).- Tendrán calidad de Asociados o miembros de la Sociedad Boliviana de Neuropsicología todas aquellas personas que sean profesionales en el campo de la Neuropsicología y que habiendo solicitado ingresar a la sociedad en tal calidad, sean aceptadas por el Directorio, estando de acuerdo con los objetivos de la Sociedad y previo cumplimiento de los requisitos señalados en los Estatutos y Reglamento Internos de la SNpB o que habiendo sido invitados acepten participar en calidad de Asociados según se especifica a continuación:
·         1.a. Por Invitación: Cuando el Directorio a sugerencia de los asociados o por disposición de la Asamblea General considere invitar a una o mas personas que se destaquen por su labor en actividades similares a las que desarrolla y/o por su crédito y experiencia profesional y social. En este caso, a estos asociados se les otorga el titulo de MIEMBROS HONORARIOS.
·         1.b A petición Escrita: Cuando personas individuales solicitan expresamente su ingreso a la Sociedad especificando los móviles y motivos de su solicitud debiendo el Directorio considerar su aceptación con forme a los Estatutos y el Reglamento Interno, decisión que se aceptara por simple mayoría de votos del Directorio. A este tipo de asociados se les otorgara el titulo de MIEMBROS TITULARES.
·         1.c Existirán también los MIEMBROS ASPIRANTES: Estudiantes o egresados de carreras afines a la Neuropsicología, quienes estén interesados en formarse en esta disciplina. Estos estudiantes deberán presentar una solicitud escrita con las mismas características especificadas en el punto anterior y su aceptación se atendrá también a parámetros expuestos anteriormente. Su membrecía podrá ser valida por espacio de un año calendario. Esta membrecía podrá ser renovada según el cumplimiento de las obligaciones del socio y de su participación voluntaria a las actividades que realice la SNpB.

ARTICULO SEXTO (REQUISITOS DE AFILIACIÓN).- Las personas para ser aceptadas como Asociadas, deberán cumplir los siguientes requisitos básicos:
·         En el caso de Miembros Titulares: 1) Tener titulo universitarios relacionado con la Neuropsicología, mismo que debe ser reconocido por las autoridades nacionales.     2) Presentar un trabajo o monografía relacionada con la Neuropsicología.
·         En el caso de Miembro Aspirante: Ser estudiante o egresado de una carrera universitaria relacionada con la Neuropsicología.
En ambos casos, además, deberán cumplir los siguientes requisitos:
1)      Conocer en su integridad y aceptar los Estatutos y Reglamento Interno de la SNpB
2)      Asumir el compromiso de participar activamente y cooperar en cuanto sea posible a la SNpB en sus actividades y funcionamiento.
3)      Cumplir con todas las decisiones emanadas de los órganos de Gobierno de la Sociedad con referencia a los objetivos y finalidades señaladas en los Estatutos y Reglamento Interno.

Los profesionales interesados en ser parte de la SNpB deberán enviar propuestas de ponencias y estas serán evaluadas durante la realización del congreso con la finalidad de facilitar su acreditación inmediata una vez cumplidos los dos articulados, por tanto será necesario explicitar, en la carta de solicitud de afiliación, el tema y formato de propuesta para su doble consideración.
El término de solicitud, por tanto es hasta el 31 de marzo, fecha límite de envío de propuestas al Congreso.

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